En el ámbito fiscal y legal, la identificación de los titulares reales es esencial para garantizar la transparencia y prevenir el blanqueo de capitales. Esta obligación afecta a diversas entidades, incluidas las asociaciones sin ánimo de lucro y plantea dudas sobre su aplicación en las comunidades de propietarios. En este artículo, desde Serficon, aclaramos las responsabilidades y procedimientos que estas entidades deben seguir en 2025.​

¿Qué es un Titular Real?

Según la Ley 10/2010, se considera titular real a la persona física que, de forma directa o indirecta, posee o controla más del 25% del capital o de los derechos de voto de una entidad, o que, por otros medios, ejerce control directo o indirecto sobre la gestión de una persona jurídica. En el caso de asociaciones sin ánimo de lucro, donde no existe capital social, se entiende como titular real a aquella persona que ostenta el control efectivo de la entidad.​

Obligaciones de las Asociaciones en 2025

Todas las asociaciones están obligadas a presentar anualmente la página 10 del modelo 036, destinada a la identificación de sus titulares reales. Esta presentación debe realizarse durante el mes de febrero de cada año, independientemente de que la asociación esté o no obligada a presentar el Impuesto sobre Sociedades.​

¿Quiénes Deben Declararse como Titulares Reales?

En una asociación, generalmente, se consideran titulares reales:​

  • Presidente: Por ser el representante legal de la entidad.​
  • Miembros de la Junta Directiva: Si el control es ejercido de manera colegiada, es recomendable incluir al secretario y al tesorero como titulares reales.​
  • Socios Fundadores o Principales: Si tienen una influencia significativa en las decisiones de la asociación, también deben ser declarados como titulares reales.​

¿Y las Comunidades de Propietarios?

Las comunidades de propietarios no tienen personalidad jurídica propia según la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que no están obligadas a presentar la declaración de titulares reales mediante el modelo 036. Sin embargo, si la comunidad realiza actividades económicas, como el alquiler de zonas comunes, podría estar obligada a presentar el modelo 036 por otras razones, pero sin incluir la página destinada a los titulares reales.​

Consecuencias de No Cumplir con la Obligación

El incumplimiento en la presentación de la declaración de titulares reales puede acarrear sanciones económicas y dificultades operativas, como problemas para abrir cuentas bancarias o acceder a subvenciones públicas. Es fundamental que las asociaciones cumplan con esta obligación para evitar inconvenientes legales y financieros.​

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Referencias Legales Utilizadas:

  • Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
  • Ley 58/2003, General Tributaria.
  • Ley de Propiedad Horizontal.

Nota Importante: Este artículo es informativo y refleja la normativa vigente hasta la fecha de publicación. Las leyes pueden modificarse, por lo que recomendamos consultarnos para obtener asesoramiento personalizado.

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