(Actualización: 26 de julio 2025)

La elección entre Estimación Objetiva (módulos) y Estimación Directa determinará no solo tu factura fiscal en IRPF e IVA, sino también el tiempo que deberás dedicar a la gestión administrativa, la transparencia con la que seguirás tus márgenes y tu capacidad para planificar inversiones. El régimen adecuado puede suponerte un importante ahorro de liquidez o, por el contrario, adelantarte impuestos que luego no recuperarás. En esta guía —actualizada a 26 de julio de 2025— desglosamos requisitos, límites y plazos de renuncia, e incluimos criterios prácticos para que decidas antes del 31 de diciembre qué opción se alinea mejor con la realidad y el crecimiento previsto de tu actividad.

Antes de sumergirnos en los números conviene conocer qué normas sustentan cada régimen; solo así podrás interpretar correctamente los límites, las exclusiones y los plazos de opción o renuncia que encontrarás después.

Contexto normativo

  • Ley 35/2006 del IRPF – art. 31 (estimación objetiva) y art. 32 (estimación directa) (boe.es)
  • Reglamento IRPF – arts. 37 a 41 (RD 439/2007) (boe.es)
  • Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre – mantiene para 2025 las actividades, índices y límites de módulos (boe.es)

Estimación Objetiva (módulos)

Cómo funciona

Se calcula el rendimiento neto aplicando parámetros físicos o de consumo (m² de local, personal asalariado, potencia eléctrica…), sin relacionarlos con los ingresos reales.

Ventajas clave

  • Cuota predecible: conoces tu IRPF e IVA desde enero.
  • Baja carga administrativa: solo modelos 131 (trimestral IRPF) y 303/390 (IVA simplificado).

Límites para permanecer en módulos en 2025

ConceptoLímite anual
Ingresos totales por actividad≤ 250 000 €
Ingresos a otras empresas o profesionales≤ 150 000 €
Compras de bienes y servicios (excl. inmovilizado)≤ 250 000 €

(Límites recogidos en art. 31.1 LIRPF y confirmados por Orden HAC/1347/2024)

Actividades incluidas

Comercio minorista, bares y restaurantes, transporte de mercancías por carretera, taxi, agricultura y ganadería, entre otras. La lista completa figura en el anexo de la Orden HAC/1347/2024.

Estimación Directa

Cómo se determina la base imponible

Ingresos reales – gastos deducibles justificados con factura. Existen dos modalidades:

  • Simplificada: facturación ≤ 600 000 €/año (obligatorio libro de ingresos, gastos, bienes de inversión y provisiones).
  • Normal: facturación > 600 000 € (contabilidad ajustada al Código de Comercio).

Ventajas principales

  • Flexibilidad: pagas en función de lo que realmente ganas.
  • Deducción amplia: todos los gastos necesarios y justificados (material, alquiler, suministros, amortizaciones, etc.).

Ejemplos prácticos 2025

A continuación tres escenarios reales que ilustran cómo puede variar la tributación según se opte por módulos o estimación directa.

Caso 1 · Bar de tapas 

  • Volumen anual: 200 000 € en ventas.
  • Gastos reales (personal, alquiler, suministros): 110 000 €.
  • En módulos: la orden ministerial fija para esta actividad un rendimiento neto de 28 000 € → tipo medio IRPF ≈ 15 % → cuota anual ≈ 4 200 €.
  • En estimación directa: base imponible = 200 000 – 110 000 = 90 000 € → tipo medio 20 % → cuota anual ≈ 18 000 €.
  • Resultado: el bar se beneficia claramente de módulos: menos IRPF y menor carga contable.

Caso 2 · Transportista autónomo con furgoneta pesada

  • Ingresos: 140 000 €.
  • Gastos (gasóleo, mantenimiento, renting): 90 000 €.
  • En módulos: rendimiento neto presunto según kilómetros recorridos ≈ 32 000 €.
  • En estimación directa: base = 50 000 € → tipo 19 % → IRPF ≈ 9 500 €.
  • Resultado: la estimación directa permite deducir combustible y reparaciones, lo que reduce la cuota fiscal casi un 40 % frente a módulos.

Caso 3 · Diseñadora gráfica freelance

  • Ingresos: 80 000 €.
  • Gastos (software, coworking, suministros hogar): 25 000 €.
  • Opción: actividad profesional excluida de módulos, debe tributar en estimación directa.
  • Cuota estimada: base = 55 000 € → tipo 17 % → IRPF ≈ 9 400 €.
  • Nota: puede modular sus pagos fraccionados aplicando contabilidad precisa y ajustar cada trimestre.

¿Quién NO puede usar módulos?

  • Profesiones liberales (abogados, arquitectos, psicólogos…).
  • Quien facture > 150 000 € a empresas o profesionales.
  • Quien supere cualquiera de los tres límites generales.
  • Actividades excluidas expresamente (consultar art. 3 Orden HAC/1347/2024).

Puntos de decisión

  1. Estructura de gastos: si tu margen es ajustado y los gastos deducibles son elevados → estimación directa.
  2. Estabilidad de ingresos: si facturas de forma regular y dentro de los límites → módulos.
  3. Carga administrativa: módulos simplifica trámites; directa implica contabilidad.
  4. Plan de crecimiento: prever si superarás límites en 1‑2 años para evitar saltos bruscos.

Evaluar tu régimen fiscal no es una decisión aislada: afecta directamente a tu liquidez, al tiempo que destinas a tareas administrativas y a tu capacidad de crecer con seguridad jurídica. Antes de tomar la decisión, reserva unas horas para proyectar distintos escenarios: ¿qué sucede si tus ventas crecen un 20 %, si contratas a un empleado o si necesitas financiar nueva maquinaria? Con esa fotografía podrás comprobar si la cuota fija y previsible de los módulos te brinda tranquilidad o si, por el contrario, la estimación directa —gracias a su mayor abanico de deducciones— te libera de efectivo justo cuando más lo necesitas. No olvides los costes indirectos: honorarios de asesoría, tiempo de registro de facturas, riesgo de inspección y flexibilidad para ajustar tus precios al mercado.

Si necesitas un estudio detallado, SERFICON está a tu disposición para simular ambos escenarios y optimizar tu tributación.

Nota Importante: Este artículo es informativo y refleja la normativa vigente hasta la fecha de Julio 2025. Las leyes pueden cambiar, por lo que recomendamos consultarnos para obtener asesoramiento personalizado.

Referencias utilizadas

  • Ley 35/2006 del IRPF, arts. 31‑32
  • RD 439/2007 (Reglamento IRPF), arts. 37‑41
  • Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre (BOE 30‑11‑2024)

Referencias a tener en cuenta

  • Orden HAC/408/2025, de 28 de abril: reducción de índices módulos 2024 para agricultores afectados por DANA.
  • Consulta V0512‑23 DGT: exclusión de módulos por superar ventas a profesionales.
  • Guía práctica AEAT “Métodos de determinación del rendimiento neto” (ed. 2025).

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