Si en estos días te ha saltado una notificación de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) hablando de “trámite de audiencia” y “base definitiva 2024”, respira: no es una sanción, no es una inspección y no significa que hayas hecho nada mal.
Es, simplemente, el paso normal del proceso de regularización anual del sistema de cotización por rendimientos (el modelo de “ingresos reales”). La TGSS revisa si lo que cotizaste en 2024 encaja con lo que, por tus rendimientos, te correspondía cotizar.
Qué es exactamente esta carta
La notificación suele venir como “trámite de audiencia” y tiene dos objetivos muy claros:
- Enseñarte el cálculo que ha hecho la TGSS para cerrar tu cotización de 2024 (base definitiva).
- Darte un plazo para que puedas optar o alegar si algo no cuadra.
Esto es importante: el trámite de audiencia existe para que revises y, si corresponde, corrijas. La Ley 39/2015 lo define con claridad al permitir que los interesados “puedan alegar” dentro del plazo de audiencia.
Qué significa “base provisional” y “base definitiva”:
- Base provisional
La base por la que has ido cotizando mes a mes durante 2024 según tu previsión. - Base definitiva
La base final que te corresponde tras comparar tus rendimientos del año con los tramos del sistema. - Regularización
El ajuste entre lo que pagaste durante 2024 y lo que “debía” haberse pagado según la base definitiva. - Trámite de audiencia
El documento donde la TGSS te muestra el resultado y te deja actuar.
Los tres escenarios que puedes encontrarte (y por qué te interesa identificar el tuyo)
Cuando abras la notificación, lo primero es localizar qué resultado te da la TGSS. Normalmente estarás en uno de estos tres:
Escenario A. Has cotizado por encima de lo que corresponde
Es el caso típico del que más nos estáis escribiendo: pagaste de más en 2024.
Aquí pueden pasar dos cosas:
- Si no haces nada: se aplica la base definitiva por rendimientos y, si procede, la TGSS tramita devolución.
- Si optas por “mantener base superior”: renuncias a la devolución y consolidas una base más alta (dentro de límites), lo que suele mejorar prestaciones futuras.
Escenario B. Has cotizado por debajo de lo que corresponde
Aquí el resultado suele ser “a ingresar”: faltó cotización respecto a la base definitiva y se regulariza la diferencia según indique la propia resolución (importe, forma y plazo).
Escenario C. Coincide (sin diferencias relevantes)
Se cierra el año sin devolución ni ingreso significativo.
El punto que más dudas genera: “has cotizado por encima” y te dejan elegir
Si tu carta dice algo parecido a “has cotizado por encima de lo que corresponde”, estás en un escenario de exceso de cotización.
La norma general es que la TGSS devuelva de oficio la diferencia cuando corresponda. La LGSS lo expresa (literal) así:
“procederá a devolver de oficio la diferencia (…) antes del 30 de abril del ejercicio siguiente”.
Entonces, ¿por qué aparece la opción “mantener base superior”?
Porque el sistema permite, en determinados casos, renunciar a esa devolución para consolidar una base más alta y mejorar prestaciones.
Dicho de forma simple:
- Devolución: más liquidez ahora.
- Mantener base superior: menos liquidez ahora, pero normalmente mejores prestaciones futuras.
Quién puede “mantener base superior” y cuál es el límite de la base a 31/12/2022
En las notificaciones suele aparecer la coletilla del límite: mantener la base “con el límite de la base de 31/12/2022”.
Traducción práctica:
- Si tu base provisional media de 2024 no supera tu base de 31/12/2022, normalmente podrás optar por mantener esa base superior.
- Si la supera, el sistema puede limitar la opción o ajustarla al tope.
Plazo: aquí no conviene dormirse
La renuncia a la devolución (si quieres mantener la base superior) tiene un plazo específico. El Real Decreto-ley 13/2022 lo fija literalmente así:
“La renuncia a la devolución de cuotas se deberá solicitar hasta el último día del mes natural inmediatamente posterior”.
En la práctica: cuenta meses naturales desde la fecha de notificación, no desde el día en que la leíste.
Ejemplo sencillo:
Base definitiva calculada 2024: 900,00 €
Promedio de bases provisionales 2024: 960,60 €
Base a 31/12/2022: 960,60 €
Qué significa:
- Si no haces nada: se fijará 900,00 € como base definitiva 2024 y, si procede, habrá devolución por el exceso.
- Si solicitas “mantener base superior” en plazo: podrás consolidar 960,60 € como base definitiva 2024 (porque no supera la base 31/12/2022), renunciando a la devolución.
Qué tienes que hacer paso a paso
Paso 1. Localiza la fecha de notificación
No la de “cuando lo abriste”. La fecha de notificación manda para el cómputo de plazos.
Paso 2. Identifica tu escenario
- “A devolver” o “has cotizado por encima”: estás en el caso donde puede existir opción.
- “A ingresar”: ojo a la forma y plazo de pago indicados.
- “Sin diferencias”: normalmente solo cierre informativo.
Paso 3. Decide: liquidez ahora o prestaciones después
- Si te interesa recuperar el dinero: normalmente no haces nada (y se tramita devolución si procede).
- Si te interesa mantener una base más alta: tienes que ejercer la opción dentro de plazo.
Paso 4. Gestiona la opción o revisa errores
- Si vas a mantener base superior: tramítalo por Importass o por Sistema RED si lo gestionamos desde el despacho.
- Si algo no encaja (rendimientos, periodos, bases, situación de alta): presenta alegaciones.
Paso 5. Si alegas, hazlo con foco
El trámite de audiencia es para esto. La Ley 39/2015 marca que el plazo para alegar será “no inferior a diez días ni superior a quince”.
Errores típicos que conviene revisar (antes de decidir nada)
- Periodos de alta y baja: que 2024 esté bien reflejado.
- Bases provisionales: que correspondan a lo que realmente se cotizó.
- Situaciones especiales: pluriactividad, cambios de actividad, regularizaciones previas.
- Datos de rendimientos: si hay discrepancia con lo declarado, conviene contrastar.
Preguntas frecuentes:
¿Esto es una inspección o una sanción?
No. Es un cierre anual del sistema. Te muestran el cálculo y te abren un plazo para actuar.
Si no hago nada, ¿me pueden “quitar” algo?
Si estás en exceso de cotización, lo normal es que se aplique la base definitiva por rendimientos y, si corresponde, se tramite devolución. Si existía opción de mantener base superior y no la ejercitas en plazo, lo habitual es que quede la base por rendimientos.
¿Mantener base superior compensa siempre?
No. Depende de edad, horizonte de jubilación, expectativas de cotización, riesgo de incapacidad/cese, y situación personal. Es una decisión de “dinero hoy vs prestación futura”. Si quieres, lo aterrizamos con números (y con calma).
Como conclusion esta notificación es un trámite habitual de la TGSS para cerrar la cotización de 2024 por rendimientos. Si has cotizado por encima, normalmente tienes dos opciones:
- No hacer nada y dejar que se aplique la base definitiva por rendimientos, con devolución si procede.
- Solicitar en plazo mantener una base superior, renunciando a la devolución, dentro del límite aplicable (en muchos casos, la base de 31/12/2022).
Nota importante: Este artículo es informativo y está basado en la normativa y fuentes oficiales vigentes a Enero de 2026. Antes de tomar decisiones, revisa tu caso concreto con tu asesor.
Referencias utilizadas:
– Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015). BOE, Artículo 308 (regularización).
– Real Decreto-ley 13/2022. BOE, Plazo de renuncia.
– Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común. BOE, Artículo 82 (audiencia).
– Importass (TGSS). Regularización anual de cuotas (RETA)
-TGSS. Noticias RED 14/2024 y documentación RED (operativa de consulta y opción de mantener base)